Descubre lo que debes saber del Buzón Tributario y simplifica tu relación con el SAT...
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que los contribuyentes tienen hasta el 31 de diciembre de 2025 para habilitar el Buzón Tributario, herramienta clave en la comunicación entre la autoridad fiscal y los ciudadanos. Quienes incumplan con esta obligación después de la fecha límite podrían ser acreedores a infracciones.
Desde 2020, la habilitación del Buzón Tributario, así como el registro y mantenimiento actualizado de los medios de contacto, es un requisito obligatorio para todas las personas físicas y morales inscritas en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC). Sin embargo, existen excepciones:
- Personas físicas y morales con situación fiscal de cancelados o suspendidos.
- Contribuyentes asalariados y asimilados a salarios con ingresos menores a 400 mil pesos en el ejercicio inmediato anterior.
¿Qué es el Buzón Tributario?
El Buzón Tributario es una herramienta digital del Servicio de Administración Tributaria (SAT) que tiene como objetivo simplificar la notificación de aspectos administrativos a las y los contribuyentes.
Así, constituye un canal de comunicación entre la autoridad tributaria y la ciudadanía contribuyente.
Te recomendamos: ¿Cuánto cuesta poner una tienda de Six?
¿Cómo funciona?
Es por medio del sitio web del SAT, que funciona el Buzón Tributario, en su propio apartado. Su acceso es personal y requiere darse de alta.
A través de este buzón se muestran de manera ágil y segura las promociones, los avisos y se dan cumplimiento a requerimientos de información que realice el SAT.
También cuenta con servicios disponibles de fiscalización electrónica, devoluciones y compensaciones, recursos de revocación o consultas, autorizaciones y más. Para conocer la lista completa visita este enlace.
Te puede interesar: Franquicias rentables en México en las que puedes invertir
¿Por qué y para quiénes?
De acuerdo con las disposiciones oficiales, todas las personas contribuyentes inscritos en el RFC están obligadas a habilitar su Buzón Tributario con excepción de las personas físicas sin obligaciones fiscales, sin actividad económica y suspendidas; personas morales que se encuentren ante el RFC con situación fiscal de suspendidos; y las personas físicas y morales que se encuentren con situación fiscal cancelada.
¿Cuáles son los requisitos para habilitar el Buzón Tributario?
- Personas morales: e.firma (personas morales).
- Personas físicas: e.firma o Contraseña (personas físicas).
- Contar al menos con un correo electrónico y un número de teléfono celular actualizados.
Beneficios del Buzón Tributario
El SAT destacó que esta herramienta digital busca agilizar la comunicación con los contribuyentes, simplificando notificaciones y el envío de mensajes relevantes. Entre sus principales beneficios se encuentran:
- Notificaciones electrónicas en cualquier momento y lugar con acceso a internet.
- Oportunidad para atender requerimientos de información o resoluciones de manera inmediata.
- Recepción de información sobre beneficios fiscales y programas de interés.
- Provisión de herramientas útiles para cumplir con obligaciones fiscales.
- Ahorro de tiempo y recursos, además de mayor certeza jurídica en las operaciones y resoluciones del SAT.
Si te interesa acceder a material de expertos del sector franquicia, te invitamos a visitar nuestro canal de YouTube