Pueden difundir fotos de un deudor: esto dicen las autoridades sobre esta práctica
Conocer tus derechos frente a un proceso de cobranza puede ayudarte a identificar prácticas indebidas y actuar de forma informada cuando enfrentas un adeudo con una institución financiera.
La duda sobre si pueden difundir fotos de un deudor surge con frecuencia entre quienes enfrentan un proceso de cobranza.
Aunque algunas personas han denunciado este tipo de prácticas, las autoridades financieras establecen reglas claras sobre la manera en que deben actuar los despachos.
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Si te preguntas si pueden difundir fotos de un deudor, la respuesta es contundente. Las normas que regulan la cobranza extrajudicial prohíben acciones que expongan públicamente a las personas o vulneren su privacidad durante la recuperación de un adeudo.
Lo que está prohibido durante un proceso de cobranza
Las autoridades indican que no pueden difundir fotos de un deudor, identificaciones ni otra información privada con el objetivo de presionar el pago de una deuda. Además, la cobranza debe realizarse de manera respetuosa y dirigirse únicamente a la persona deudora.

Los despachos contratados por bancos y otras entidades financieras tampoco pueden:
- Exhibir públicamente al deudor mediante redes sociales, listas negras, cartelones, anuncios o medios de difusión masiva.
- Crear registros especiales para informar al público sobre una supuesta negativa de pago.
- Amenazar, ofender o intimidar al deudor, familiares, compañeros de trabajo o personas sin relación con la deuda.
- Utilizar nombres que se parezcan a los de instituciones públicas.
- Llamar desde números ocultos o privados que impidan identificar al despacho.
- Enviar documentos que aparenten ser escritos judiciales o hacerse pasar por autoridades.
- Solicitar pagos directamente al despacho cuando la entidad financiera indique otro medio.
- Gestionar cobros con menores de edad o con adultos mayores que no sean los deudores.
- Realizar cobranza mediante grabaciones.
- Cobrar créditos ya liquidados.
- Contactar a personas que no sean el usuario, cliente o deudor.
- Utilizar teléfonos que la entidad financiera no tenga registrados ante el Redeco.
En cuanto a los casos donde se buscó evidenciar públicamente al deudor, se contabilizaron 381 quejas, cifra 7.3% mayor que la registrada entre enero y septiembre del año previo.
Las autoridades recuerdan que cualquier persona puede presentar una queja contra la entidad financiera mediante el Registro de Despachos de Cobranza (Redeco) y dar seguimiento al caso a través del mismo sistema.
En conclusión, pueden difundir fotos de un deudor es una pregunta con una respuesta clara: las autoridades señalan que esta práctica es ilegal y existen mecanismos para denunciar cuando ocurra.