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Simplificación del RFC y la e.firma: SAT

octubre 3, 2024   |  
Simplificación del RFC y la e.firma: SAT
FOTO: SAT

¿Se acerca una relación más accesible con el SAT con la simplificación del RFC y la e.firma?


El Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció nuevas medidas que suponen una la simplificación del RFC y la e.firma. De acuerdo con la institución, se facilitarán los trámites fiscales para los contribuyentes, con el objetivo de hacer más accesibles y eficientes sus procesos.

Disponibles desde octubre, las medidas del SAT estarán relacionadas con el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), la firma electrónica (e.firma) y el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO).


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Menos pasos para el RFC

Uno de los principales cambios es que ya no será necesario realizar la preinscripción en el portal del SAT para obtener el RFC.

  • Tanto personas físicas como morales pueden inscribirse directamente en las oficinas del SAT.
  • Para las personas físicas, basta con presentar: Credencial del INE vigente con domicilio visible, eliminando la necesidad de llevar la CURP o comprobante de domicilio.

Renovación sencilla de la e.firma

  • Los contribuyentes que tengan menos de un año con su firma vencida pueden realizar el trámite de manera remota.
  • Si prefieren hacerlo en una oficina, solo necesitan llevar una memoria USB y su huella digital para validar la identidad.

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Facilidad para obtener la Constancia de Situación Fiscal

Obtener la Constancia de Situación Fiscal también se ha vuelto más fácil. Esta puede obtenerse de forma presencial usando la huella digital o el INE, y de manera remota a través de:


  • Portal del SAT
  • SAT ID
  • SAT Móvil
  • Otros medios virtuales

Además, el SAT ha habilitado la «Cédula de datos fiscales», que permite a los contribuyentes consultar información clave como su nombre, RFC, régimen fiscal y código postal, de manera rápida y sencilla.


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Beneficios en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO)

El SAT también ha extendido facilidades a quienes tributan bajo RESICO. Los contribuyentes en este régimen quedan exentos de presentar declaración anual, limitándose a realizar pagos mensuales.

Además, quienes se dedican a la agricultura, ganadería, pesca o actividades silvícolas y forman parte de uniones de crédito, ahora pueden tributar en este régimen.


Para aquellos que hayan salido del RESICO, se habilitó la posibilidad de volver presentando un caso de aclaración o un aviso de actualización de actividades ante el SAT.

La simplificación del RFC y la e.firma promete una relación más accesible y eficiente entre el SAT y los contribuyentes.


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