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Cuánto se paga por trabajar el 25 de diciembre y el 1 de enero según la Ley Federal del Trabajo

diciembre 3, 2025   |  
Cuánto se paga por trabajar el 25 de diciembre y el 1 de enero según la Ley Federal del Trabajo
El debate sobre cuánto se paga por trabajar el 25 de diciembre y el 1 de enero cobra relevancia cada fin de año en México. 

El tema de cuánto se paga por trabajar en estas fechas decembrinas generan dudas.

El debate sobre cuánto se paga por trabajar el 25 de diciembre y el 1 de enero cobra relevancia cada fin de año en México. 

Estas fechas son reconocidas como días de descanso obligatorio por la Ley Federal del Trabajo (LFT), lo que implica beneficios adicionales para quienes deben laborar en jornadas festivas.

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De acuerdo con la LFT, los trabajadores que presten servicios en estas fechas tienen derecho a recibir el pago de su salario normal más el doble por la jornada trabajada

En términos prácticos, esto significa que el empleado obtiene tres veces su salario diario: el pago ordinario más dos adicionales por tratarse de un día festivo.

El artículo 75 de la LFT señala que los trabajadores que laboren en días festivos deben recibir el doble de su salario adicional al pago ordinario. Este beneficio aplica sin importar el tipo de contrato o sector en el que se desempeñe el trabajador.

¿Cuánto te corresponde si trabajas en un día de descanso obligatorio?

El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece de manera precisa cómo debe calcularse el pago:

  • Se recibe el salario correspondiente al día festivo (ya contemplado en tu sueldo).
  • Se añade un pago doble adicional si trabajas en esa fecha.

En total, el trabajador obtiene un pago triple (3S), donde S equivale al salario diario.

Ejemplo: si tu salario diario es de 400 pesos, el cálculo sería:

  • 400 pesos por el día festivo.
  • 800 pesos adicionales por laborar.
  • Total: 1,200 pesos.

¿Qué ocurre si el 25 de diciembre o el 1 de enero caen en domingo?

Cuando un día de descanso obligatorio coincide con domingo, entra en juego la prima dominical, contemplada en el artículo 71 de la LFT, equivalente al 25% del salario ordinario diario.

Esto significa que:

  • Se mantiene el pago triple por trabajar en día festivo.
  • Se suma un 25% adicional por la prima dominical.

La compensación final asciende a 3.25 veces el salario diario.

Ejemplo con salario de 400 pesos:

  • Pago triple: 1,200 pesos.
  • Prima dominical (25%): 100 pesos.
  • Total: 1,300 pesos.

En caso de irregularidades, los trabajadores pueden acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) para recibir asesoría gratuita.

¿Dónde pedir asesoría?

Si tu pago no se refleja correctamente, puedes acudir a la PROFEDET:

  • Teléfonos: 800 717 29 42 y 800 911 78 77.
  • WhatsApp: 55 14 84 87 37.
  • Página oficial: www.gob.mx/profedet
  • Oficina central en CDMX: Dr. José María Vértiz 211, colonia Doctores, alcaldía Cuauhtémoc.

Para quienes deben laborar en estas fechas, es recomendable verificar que sus recibos de nómina reflejen correctamente el pago triple. 

Si te interesa acceder a material de expertos del sector franquicia, te invitamos a visitar nuestro canal de YouTube.

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