El caso de Starbucks contra la Comisión Europea es uno de los ejemplos más destacados de la creciente atención que las autoridades europeas han prestado a las prácticas de precios de transferencia y la elusión fiscal por parte de multinacionales.
En 2015, la Comisión Europea inició una investigación sobre las prácticas fiscales de Starbucks, en particular sobre los acuerdos de precios de transferencia que la empresa tenía con las autoridades fiscales de los Países Bajos.
La Comisión sospechaba que Starbucks había recibido un trato fiscal favorable en los Países Bajos, lo que se tradujo en una reducción de su carga tributaria en comparación con lo que hubiera pagado si las transacciones entre sus filiales se hubieran realizado a precios de mercado.
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La principal acusación de la Comisión fue que el acuerdo de precios de transferencia permitía a Starbucks transferir de manera artificial una parte significativa de sus ganancias a una subsidiaria en otro país con un régimen fiscal más favorable.
Esto se lograba, según la Comisión, a través de la fijación de precios de transferencia que no reflejaban los valores de mercado de los bienes y servicios intercambiados entre las entidades de Starbucks. En concreto, la Comisión señaló dos mecanismos:
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En octubre de 2015, la Comisión Europea concluyó que los acuerdos fiscales entre Starbucks y las autoridades holandesas constituían una ayuda estatal ilegal. Como resultado, se ordenó a Starbucks pagar aproximadamente 30 millones de euros en impuestos atrasados.
La decisión fue polémica y recibió críticas tanto de la empresa como de algunos gobiernos. Starbucks y los Países Bajos apelaron la decisión ante el Tribunal General de la Unión Europea, argumentando que la Comisión había aplicado incorrectamente las reglas sobre precios de transferencia y ayuda estatal.
Este caso fue un hito en la política fiscal de la Unión Europea, subrayando el compromiso de la Comisión para combatir la elusión fiscal y garantizar que las grandes multinacionales paguen una cantidad justa de impuestos en los países donde operan. Además, sentó un precedente importante para otros casos similares, como los de Apple en Irlanda o Amazon en Luxemburgo.
En septiembre de 2019, el Tribunal General de la Unión Europea anuló la decisión de la Comisión, argumentando que esta no había demostrado adecuadamente que el acuerdo de precios de transferencia de Starbucks con los Países Bajos había otorgado una ventaja selectiva.
Esta decisión reflejó la dificultad de probar la existencia de ayudas estatales ilegales en casos de precios de transferencia, donde la valoración del precio de mercado puede ser compleja y sujeta a interpretación.
Sin embargo, el caso de Starbucks sigue siendo emblemático en el ámbito de los precios de transferencia y la fiscalidad internacional, y ha tenido un impacto duradero en la forma en que las autoridades fiscales y las multinacionales manejan las cuestiones de precios de transferencia dentro de la Unión Europea.
Autor: Jimy Cruz Camacho, Partner Transfer Pricing and Valuations en PFK México
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