Además de los recargos e intereses, si no cumples con tus obligaciones fiscales, podrías enfrentar multas, embargos, la cancelación de tus sellos digitales o incluso ser incluido en listas de morosos.
Deberle dinero al Servicio de Administración Tributaria (SAT) no es un asunto menor.
Más allá de los recargos e intereses, los contribuyentes que incumplen con sus obligaciones fiscales pueden enfrentar multas, embargos, cancelación de sellos digitales e incluso aparecer en listas de morosos.
A continuación, te explicamos las principales sanciones a las que te puedes enfrentar si tienes adeudos con el SAT.
Recargos: Se aplican por pagar fuera de plazo. El SAT cobra un porcentaje mensual sobre el monto no pagado.
Intereses moratorios: Si el SAT determina que el adeudo es firme (es decir, no se puede impugnar), también te puede cobrar intereses.
Multas por no pagar impuestos: Pueden ir del 20% al 100% del impuesto omitido.
Multas por no presentar declaraciones: Aunque no debas impuestos, si no presentas tus declaraciones, también hay sanciones.
Si no pagas y el SAT agota las notificaciones, puede iniciar un procedimiento administrativo de ejecución (PAE) que incluye:
Embargo de cuentas bancarias
Embargo de bienes muebles e inmueblesEmbargo de sueldos o ingresos
Si tienes una empresa o emites facturas, el SAT puede cancelarte el Certificado de Sello Digital (CSD), lo que te impide facturar electrónicamente. Esto paraliza tus actividades comerciales.
Si el adeudo es grave o implica operaciones simuladas (factureras), el SAT puede incluirte en la lista de:
EFOS (Empresas que Facturan Operaciones Simuladas)
Contribuyentes incumplidos
Si tienes adeudos, el SAT puede negarte devoluciones de impuestos y dificultar trámites como cambios de régimen, inscripción en el padrón de importadores, etc.
El SAT tiene 5 años para exigir el pago de una deuda fiscal, contados a partir del año siguiente en que se debió pagar el impuesto. Pasado ese tiempo, prescribe (aunque hay excepciones).
Pagar en parcialidades: Puedes solicitar un plan de pagos en el portal del SAT.
Acudir a una condonación: En ciertos casos (desastres naturales, programas especiales), puede haber reducción de multas o recargos.
Acercarte a una PRODECON: La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente puede ayudarte gratuitamente a negociar con el SAT.
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